Se adoptan medidas tributarias transitorias dentro del Estado de Emergencia, Económica, Social y Ecológica de conformidad con el Decreto 417 del 2020. Se adoptan medidas tributarias transitorias dentro del Estado de Emergencia, Económica, Social y Ecológica de conformidad con el Decreto 417 del 2020.
Este nuevo decreto del Gobierno Nacional que decreta Exención transitoria del impuesto sobre las ventas IVA, para aquellas entidades que comercian con el siguiente tipo de productos.
1. Nebulizador
2. Báscula pesa bebés
3. Monitor de signos vitales
4. Electrocardiógrafo
5. Glucómetro
6. Tensiómetro
7. Pulsoximetro
8. Aspirador de secreciones
9. Desfibrilador
10. Incubadora
11. Lámpara de calor radiante
12. Lámpara de fototerapia
13. Bomba de infusión
14. Equipo de órganos de los sentidos
15. Bala de Oxígeno
16. Fonendoscopio